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La función social de la propiedad privada
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Derecho, Economía, Libertad on marzo 14, 2013
(Artículo publicado en Revista AGENDA, Panamá, marzo de 2013)
Existe una doctrina que dice que la propiedad privada debe estar limitada por la función social que debe cumplir. Tal doctrina, propuesta por León Duguit, pareciera sugerir que la propiedad privada no necesariamente cumple una función social, y que más bien sirve sólo para cubrir intereses particulares, incluso en perjuicio del interés social. Yo sostengo en cambio que la propiedad privada cumple por su naturaleza una función eminentemente social, y lo hace aún sin que el propietario así se lo proponga.
En ausencia de propiedad todo se degrada
Hay un fenómeno que se da cuando no existen derechos de propiedad, y que se conoce como la tragedia de los bienes comunales. Consiste en esencia en la situación en que varios individuos, actuando cada uno de manera independiente, terminan por destruir un recurso compartido limitado, aun cuando claramente tal destrucción va en contra de sus intereses tanto individuales como colectivos. Lo irónico es que esto ocurre, no por ignorancia de quienes así actúan, pues ellos muy bien pueden estar plenamente conscientes de las consecuencias a largo plazo de sus acciones, y aún así, dadas las circunstancias, siguen actuando de tal manera que se da la destrucción del bien común, debido a que es la conducta racional desde el punto de vista individual.
Pero esto no ocurre porque haya propiedad privada, sino precisamente por la ausencia de ella. Cuando uno es propietario, ello implica que tiene derecho a excluir a todos los demás del uso y aprovechamiento del bien en cuestión. Si se trata de una finca, ello implica que sólo el propietario puede cultivar en ella y cosechar el producto de sus cultivos. Es esta potestad de apropiar para sí (con exclusión de todos los demás) el producto de su esfuerzo, porque cultivar la tierra, cuidarla, regarla, abonarla, rotar los cultivos para evitar la degradación del suelo, y demás, implican mucho esfuerzo e inversión de recursos. Sólo quien tiene derecho a apropiarse el producto de tales inversiones las hará, y por contrario jamás las hará una persona que no tiene cómo excluir a los demás de su aprovechamiento.
He allí el por qué del hecho que las haciendas privadas se embellecen y prosperan, en tanto las tierras que no son de nadie no sólo no prosperan, sino que son degradadas como resultado de actividades destructoras de la capacidad productora de la tierra.
La propiedad genera incentivos positivos
Los derechos de propiedad resuelven el problema de los incentivos, de tal manera que las personas incurran en conductas creadoras de riqueza social, en lugar de conductas destructoras de riqueza social. Ello opera por el ánimo de lucro. Al saber las personas que podrán apropiarse para sí el producto de su esfuerzo y su sacrificio, estarán entonces dispuestas a incurrir en tales sacrificios.
Por otro lado, no hay comercio sin propiedad privada, y es el intercambio comercial lo que permite la división del trabajo, que a su vez permite incrementos importantes en la productividad, que a su vez nos ha permitido haber alcanzado los estándares de riqueza que damos hoy por sentados, cambios que serían imposibles sin división del trabajo.
Adicionalmente, la propiedad privada favorece el descubrimiento empresarial. Este es el proceso por el que los empresarios intentan anticipar las preferencias de las personas en la sociedad, para poder satisfacerlas mejor. El empresario sabe que en la medida que mejor pueda hacerlo, mayor éxito empresarial tendrá. Aquí el ánimo de lucro juega un papel fundamental, como lo ilustra la famosa frase de Adam Smith: no es a la benevolencia del panadero, del cervecero o del carnicero que debemos nuestra cena, sino al hecho que ellos persiguen su propio interés.
La verdadera función social de la propiedad privada, entonces, cuando se reúnen los elementos antes mencionados, no es otra que la de permitir el continuo desarrollo de la civilización, de la cual la libertad individual, esencial para la expresión de las más sublimes creaciones humanas, desde el arte a la filosofía y la ciencia, es inseparable. Lejos de ser la fuente de todo mal, como la veía Rousseau, la propiedad privada es la elemento fundamental de todo lo bueno de que es capaz el Hombre.
Institucionalidad
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Derecho, Libertad on noviembre 15, 2012
(Artículo publicado en Revista AGENDA, Panamá, noviembre de 2012)
Un ingrediente fundamental para dar el salto al desarrollo es que el país tenga una institucionalidad sólida. Sin embargo, en el Índice de Competitividad del Foro Económico Mundial, Panamá ocupa la posición No. 132 en esta materia. ¿Por qué?
Institucionalidad no se refiere a tener muchas instituciones. La institucionalidad no se logra creando más ministerios, dependencias del Gobierno Central y entidades descentralizadas. Nada de eso. Tampoco significa tener entidades con poder absoluto, hipertrofia burocrática, engorrosos procesos y abultadas planillas. Lo fundamental en la institucionalidad, para efectos del desarrollo económico, es la reducción a su mínima expresión, de los costos de transacción, de tal manera que se favorezca la actividad creativa y productiva, y la división del trabajo e intercambio comercial.
Reglas y procesos claros, justos y eficientes.
Bien entendida, la institucionalidad tiene características muy claras que la diferencian de la burocracia hipertrofiada. En primer lugar, la institucionalidad no se refiere a entidades, sino a la existencia de reglas justas, claras y adecuadas y procesos claros y explícitos, transparentes, eficaces y eficientes.
Pero no sólo son importantes las reglas. Los procesos para la aplicación de las reglas, deben ser claros y transparentes, además de eficientes. En el caso de Panamá, los procesos en que peor estamos son los procesos jurisdiccionales. Todo lo que tiene que ver con dirimir controversias entre particulares, es extremadamente ineficiente en nuestro país. Basta mirar el ranking Doing Business del Banco Mundial para observar que estamos en la posición No. 119 en el mundo en cuanto a “cumplimiento de contratos”, que se refiere más que cualquier otra cosa, a la relativa eficacia y eficiencia de hacer valer los derechos subjetivos frente a otras personas (particulares o estatales).
Separación de poderes
En materia de procesos jurisdiccionales tenemos varios problemas, pero me concentraré en los que veo como los más importantes por resolver. En primer lugar, seguimos teniendo un sistema en el que gran parte de los procesos que deberían estar en poder de tribunales de justicia dentro del Órgano Judicial propiamente, pero están bajo la Administración Pública. Los ejemplos son muchos, pero los peores casos son aquellos que implican la nefasta jurisdicción coactiva, que no es más que un lindo nombre para una situación en la que una institución que es parte en una controversia con un ciudadano, es también el tribunal competente para dilucidar dicha controversia con el ciudadano. Oportunidad del ciudadano de una justicia imparcial de verdad en dichos casos: virtualmente nula.
Recursos adecuados
Otro problema grave de la Administración de Justicia en nuestro país es que el Órgano Judicial y el Ministerio Público jamás han contado con presupuestos acordes con las funciones que ejercen. En nuestro país no le damos a la Administración de Justicia el peso que amerita, y las mencionadas entidades son siempre los patitos feos a la hora de elaborar el Presupuesto General del Estado. Ello obedece en gran medida a que los políticos no ven rentabilidad política en la Administración de Justicia, y dan prioridad a proyectos que consideran de mayor rédito político (en sentido electorero), como los programas paternalistas mal llamados de asistencia social, y en general el clientelismo de siempre.
Conclusión
Un elemento esencial del desarrollo a largo plazo es la institucionalidad sólida. Sin ella, todas las demás políticas públicas de libre mercado, se quedan cortas. Pero la institucionalidad no se fortalece, más bien se debilita, cuando creamos más burocracia en el gobierno central, y cuando seguimos dando más poderes a entidades de dicho gobierno central. Se debilita la institucionalidad cuando se da facultades jurisdiccionales a entes administrativos que, por su naturaleza, carecen de la mínima imparcialidad requerida para garantizar procesos justos y equitativos. Mientras no entendamos como país que la Administración de Justicia debe ser un objetivo prioritario, y dotar al Órgano Judicial de recursos cónsonos con su grave función, no daremos el salto a ser el Singapur de Occidente, y lo demás será maquillaje.
Dado que el fortalecer genuinamente la Administración de Justicia requiere compromiso real del Gobierno de desprenderse de poder y dotar al Órgano Judicial y al Ministerio Público de recursos suficientes, ambas cosas que los políticos ven como muy poco redituables en términos electoreros, estos cambios no ocurrirán sino hasta que la sociedad civil los exija. Debemos hacerlo cuanto antes.
La tragedia de los comunes
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Medio Ambiente, Sociología on abril 15, 2012
(Artículo publicado en Revista Agenda, abril de 2012)
La tragedia de los comunes es un fenómeno social con efectos importantes en los planos económico y sociológico. Tiene también aplicación en materia ambiental. Ocurre con los bienes llamados comunes, y consiste en el fenómeno observado en que, aquello que es de todos, todos lo usan pero nadie lo cuida. Puede ser algo sencillo como las cubetas de hielo en el congelador de la casa: todos quieren que haya hielo disponible siempre, y todos lo usan, pero no todos se toman el trabajo de rellenar las cubetas con agua del grifo para hacer más hielo. El resultado llega a ser que las personas en la casa usan más hielo del que se hace, y por tanto la cubeta tiende a estar vacía de hielo con demasiada frecuencia.
En el hogar, esto tiene fácil solución. Ya sea que el asunto se conversa y los miembros de la familia asumen la responsabilidad de rellenar la cubeta, o una sola de ellas asume la responsabilidad de rellenar la cubeta en beneficio de todos. En ambiente familiar el problema es de sencilla solución porque hay dinámica de grupo pequeño, pero el ejemplo ilustra un problema que, en el ámbito social, es mucho más complejo y de solución no tan sencilla.
La tragedia de los comunes genera lo que los economistas llaman externalidades negativas. Crea incentivos económicos a los individuos para incurrir en conductas que son destructivas de riqueza para la sociedad, pero que le rinden un beneficio inmediato a quien la incurre. Las personas, como individuos, tienen incentivo a usar y aprovechar el bien común, pero no tienen un incentivo de igual magnitud para cuidar e invertir en el mantenimiento ni en el mejoramiento de dicho bien común. Es por ello que no se dedica la misma cantidad de recursos al mantenimiento y reabastecimiento de la fuente común, que a su aprovechamiento.
Implicaciones económicas
El corolario económico más importante es que el socialismo es un desastre. El socialismo es precisamente la propiedad común de los medios de producción de la riqueza para una sociedad. La solución es sencilla, y lo es la institución natural de la propiedad privada. La esencia de ésta es que el dueño de una cosa excluye a todos los demás, del uso y aprovechamiento de dicha cosa. Sólo él tiene derecho y acceso al uso y aprovechamiento de la cosa, y por tanto tiene un incentivo mayor a conservarla. De hecho, no sólo a conservar la cosa, sino a crear nuevas cosas y a mejorar las que ya tiene.
De lo anterior se colige que la propiedad privada es un pilar de la civilización. Sin el surgimiento de la propiedad privada, jamás habríamos superado la barbarie.
Implicaciones ambientales
La devastación de zonas boscosas, o la sobreexplotación de recursos en caza o pesca, son fenómenos típicos de tragedia de los comunes. Veamos el ejemplo de la sobreexplotación de recursos pesqueros. Cada pescador individualmente puede estar muy consciente que la sobrepesca llevada en el presente puede llevar a una menor pesca en el futuro, y aún así incurrir cada uno individualmente, en la sobrepesca. ¿Por qué lo hace, si sabe que ello no le favorece a largo plazo? Quizás nuestro pescador piensa
Implicaciones sociológicas
¿Cuál es la solución? ¿Una mejor educación de la población? El problema con esto es que mientras exista el incentivo económico a incurrir en la conducta destructiva, continuará habiendo personas que lo hagan. Esto, a su vez, genera presión sobre las demás personas, que comienzan a pensar entonces
Las campañas de educación ciudadana son importantes, pero no son suficientes para cambiar la conducta general. La Teoría de Juegos nos dice que mientras los individuos tengan incentivo económico para incurrir en actividades destructivas para la sociedad, lo continuarán haciendo. Entonces, ¿nos quedamos de brazos cruzados?
No. La solución está en eliminar la tragedia de los comunes, allí donde se pueda. La propiedad privada, allí donde sea viable, surge espontáneamente en la sociedad y no debe ser suprimida.
Pero no siempre es practicable el reconocimiento de derechos de propiedad. Por ejemplo, ¿cómo delimitamos de manera práctica derechos de propiedad sobre los recursos ictiológicos del mar? Históricamente no ha sido practicable establecer derechos de propiedad sobre tales recursos. Para estos casos las sociedades han intentado diferentes soluciones. Para los recursos pesqueros, la solución más empleada y que parece la más práctica, es la de la legislación sobre su aprovechamiento, legislación que puede incluir políticas como las vedas temporales durante la época de reproducción (como la veda del camarón en nuestro país); prohibición de pesca de especímenes menores a cierto tamaño; restricción a ciertas técnicas pesqueras (como el uso de explosivos), y otros.
Conclusión
Como Aristóteles observó hace más de dos mil años, en su crítica a la propiedad colectiva que proponía Sócrates, es natural en el ser humano prestar más atención a sus intereses particulares que a los asuntos de interés común. La propiedad privada como institución jurídica canaliza esto de manera productiva y provechosa para la sociedad en general. Allí donde no es práctico el delimitar derechos de propiedad, es donde el Estado tiene un rol legislativo y policivo de importancia. Pero ojo, este rol del Estado no está libre de sus propios problemas, y hasta muchas veces crea nuevas situaciones de tragedia de los comunes. Pero ya me quedé sin espacio para hablar sobre esos casos. Baste decir por el momento que cuando el Estado subsidia el uso de recursos limitados, como el agua potable, genera situaciones de tragedia de los comunes. ¿Le suena conocido?
Lecciones de carnaval
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Sociología on febrero 15, 2012
(Artículo publicado en Revista Agenda, febrero de 2012)
Este mes de febrero celebramos la fiesta que, según reza el dicho popular, es lo único que los panameños nos tomamos en serio: el carnaval. Creo que dicha fiesta, además de mucha alegría, juerga y la inevitable resaca, también puede enseñarnos unas cuantas lecciones sobre economía, organización política y eficiencia en la administración.
Interior vs. Ciudad capital
En Panamá se celebra el carnaval en muchas ciudades y pueblos del interior. Todo el que tenga casa en el interior, o un amigo o pariente con casa en algún poblado en que celebran el carnaval, hace lo que sea para disfrutar en el interior del país los días de carnaval. En todas partes en que se celebra el carnaval en Panamá, abunda la alegría, el calor, las ganas de agua en el culeco, las coqueterías de los chicos para con las chicas (y viceversa), y el deseo de que no se llegue el Miércoles de Ceniza. Pero hay un lugar donde indudablemente se celebra el mejor carnaval del país, y ese sitio es la ciudad de Las Tablas, en Los Santos.
Comparemos ahora el carnaval de Las Tablas frente al carnaval que se celebra en la ciudad de Panamá, y estoy seguro que aprenderemos una o dos cosas muy interesantes.
Mientras que en años recientes el carnaval capitalino ha recibido inyecciones de millones de dólares (hace algunos años el presupuesto era de cinco millones, para el carnaval del año 2012 el presupuesto anunciado al momento de escribir este artículo, en enero, es de dos y medio millones de dólares), en Las Tablas entre las dos tunas juntas no le llegan ni cerca a dichos montos. ¿Cómo entonces es que el carnaval tableño resulta infinitamente mejor que el de la capital? Ojo, que no se tome esto como una crítica a los carnavales organizados por el actual gobierno. Al contrario, opino que los carnavales organizados en las últimas décadas por los respectivos gobiernos de turno, han sufrido todos por igual de los mismos males. De hecho, lo que sí hay que reconocerle al actual gobierno es que está destinando al carnaval capitalino un presupuesto menor que en años anteriores le destinaban otros gobiernos. Esto es bueno porque el carnaval gubernamental es un modelo de ineficiencia.
Interés vs. Desinterés particular
En Las Tablas, el carnaval es una vieja tradición que, además, envuelve una rivalidad genuinamente folclórica, como la que tienen entre sí las tunas de Calle Arriba y Calle Abajo. Dicha rivalidad carnestoléndica es de muy vieja data, y conduce a una sana (y a veces no tan sana) competencia entre las dos tunas, para granjearse la simpatía del pueblo, que desde hace décadas además recibe oleadas de visitantes del resto del país y hasta del extranjero durante los cuatro días del carnaval.
El punto aquí es que un pueblo que no está ni entre las primeras diez ciudades del país en importancia económica ni población, regala durante el carnaval a sus visitantes, un derroche de lujo y alegría que ningún otro carnaval del país puede igualar.
En cambio, en la ciudad capital, el carnaval es desde hace años organizado por el gobierno de turno, y costeado mayoritariamente con fondos de las arcas del Estado. Pero reina la desidia, la improvisación y el cortoplacismo que siempre reina en los proyectos en que el Estado mete su mano. Vemos que los carnavales capitalinos se organizan siempre con muy poca antelación, si acaso uno o cuando mucho dos meses.
En Las Tablas, en cambio, apenas termina el carnaval cada una de las tunas comienza a organizarse para el carnaval del año siguiente, incluso designando formalmente a la respectiva reina días o semanas después de terminado el carnaval. Las tunas, entonces, comienzan la preparación del calendario de actividades para recaudación de fondos, actividades cuya ejecución comienza casi enseguida.
La verdad sea dicha: el carnaval de la ciudad capital no siempre fue el modelo de mediocridad que es desde hace años. Desde que comenzó a celebrarse a inicios de Siglo XX hasta y por mucho tiempo, según nos relatan nuestros viejos, el carnaval de la capital tan bueno que gozaba de fama internacional. Pero en esos tiempos el carnaval de la capital era organizado de manera privada.
Todo esto me lo cuentan, repito, porque yo nací cuando ya esa tradición en la capital había sido perdida. Pero desde hace pocas décadas, que se ha retomado la iniciativa del carnaval en la capital, sólo que ahora organizado y financiado por el gobierno de turno, el carnaval de la ciudad de Panamá no atrae a nadie, y de hecho todo el que puede emigra temporalmente hacia algún pueblo interiorano como Las Tablas, Chitré, Penonomé, Dolega, Pedasí, Los Santos, u otros tantos que celebran el carnaval con mucho menos presupuesto que el gubernamental, pero con mucho más ánimo y participación genuina del pueblo.
Subsidiariedad
Todo lo anterior nos da otra lección, cual es el Principio de Subsidiariedad. Todo lo que un ente menor pueda hacer de manera efectiva, debe hacerse a ese nivel y no a un nivel mayor. Es decir, si una actividad puede ser organizada bien por la comunidad local, no debe organizarla el gobierno nacional. No sólo por pragmatismo, sino porque el resultado final será siempre muy disímil, pues a medida que más se aleja la organización de algo, de los verdaderamente afectados, menos se parece el producto final a lo que éstos necesitan o desean. Los carnavales en nuestro país son, así, un gran ejemplo de cómo las soluciones para la gente deben generarse, en la medida de lo viable, desde abajo y no planificadas ni impuestas desde arriba.
Una sugerencia
Sería bueno que el Gobierno Nacional en algún momento considere salirse de la organización de asuntos de carnaval, y ceda el terreno para que vuelva a ser el sector privado que organice el carnaval de la ciudad capital. Recuerdo que en la década de 1980 hubo un serio esfuerzo en este sentido, con varios años de carnavales que resultaban bastante buenos, y prometían mucho para el futuro si esto se hubiese mantenido. Lamentablemente, llegó la crisis política y económica de finales de dicha década y la iniciativa nunca fue retomada por el sector empresarial, ni después de la recuperación de la democracia y la vuelta a la normalidad. Y luego en algún momento a alguien en algún gobierno de turno, no recuerdo cuál, se le ocurrió la desastrosa idea de que el Gobierno Nacional, que tan malo ha demostrado ser en administrar el agua potable, la recolección de la basura, los servicios de salud y tantas otras cosas, se metiera, para colmo de males, a organizar carnavales. Basta echar un vistazo a la Gran Terminal Nacional de Transporte el viernes que hace víspera del carnaval, para comprobar que el carnaval oficial es un fracaso.
El mito malthusiano
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Medio Ambiente, Sociología, Tecnología on octubre 15, 2011
(Artículo publicado en Revista Agenda, octubre de 2011)
La idea que el planeta tiene ‘demasiada’ gente, y que dicha sobrepoblación constituye generador de pobreza, es la base de lo que se conoce como la Catástrofe Malthusiana (por Thomas Robert Malthus). Es una idea tan falaz como extendida.
La esencia del argumento malthusiano es el siguiente: la población aumenta de manera geométrica, en tanto la producción de alimentos aumenta de manera aritmética. Esta presión por producir más alimentos llevaría a la explotación de tierras adicionales, pero había que asumir que las mejores tierras ya estaban siendo explotadas y que las nuevas serían siempre marginalmente menos productivas.
Malthus publica su teoría en 1798. Más de doscientos años después, la población mundial que entonces era de aproximadamente 980 millones de personas, hoy día se estima en 6,950 millones. Sin embargo, es evidente que la calidad de vida que disfrutamos hoy día es incalculablemente mejor que la de entonces. Aún las poblaciones más rezagadas del mundo hoy, ciertamente no viven peor que hace doscientos años.
¿Por qué fracasó la predicción malthusiana?
Premisa equivocada #1: productividad constante
La principal premisa implícita de la Catástrofe Malthusiana es que la tecnología de producción de alimentos se mantiene constante. Es hasta cierto punto comprensible que Malthus asumiera esto, pues hasta unos cien años antes de su época, los medios y técnicas de producción agrícola eran esencialmente los mismos que en la Edad Media, época que a su vez era no mucho más avanzada y productiva que la romana (la rotación de cultivos fue uno de los pocos avances en técnicas de cultivo, surgidas en la Edad Media).
Pero las cosas comenzaron a cambiar en el Siglo XVIII, con inventos como el arado Rotherdam. El avance tecnológico se aceleró en el Siglo XIX con inventos como la trilla mecánica (que permitió separar de manera mecánica, el grano de la paja, en la cosecha de cereales como el trigo). Y en el pasado Siglo XX la tecnología agrícola continuó acelerando sus avances aún más. Entre otras cosas, el continuo mejoramiento de los fertilizantes químicos; el uso de plaguicidas; la continua mecanización de las tareas agrícolas con maquinaria cada vez más productiva, y el creciente mejoramiento genético de las semillas.
Basta ver ciertas tendencias demográficas durante el Siglo XX para confirmar esto. En 1900 en los Estados Unidos, el 41% de la fuerza laboral estaba en el sector agrícola. Para el año 2000, menos del 2% de la fuerza laboral estaba en dicho sector. Sin embargo, la productividad por hectárea sólo ha aumentado, en todos los tipos de cultivos.
Premisa equivocada #2: tendencias demográficas constantes
La otra premisa equivocada, es que la población continuaría creciendo de manera geométrica en todas partes. Sin embargo, con la urbanización de la población, ésta se vuelve menos prolífica en reproducirse. Es un fenómeno universal que cuando las familias se mueven del campo a la ciudad, su tasa de natalidad se reduce notablemente. En los Estados Unidos la tasa de natalidad es hoy día básicamente la tasa de mantenimiento natural (2.1 hijos por mujer). En varios países de Europa y en Japón, de hecho, la tendencia es hacia una reducción de la población. Esto, porque como dice el médico, académico y estadístico sueco Hans Rosling, en el campo los hijos son un activo, pero en la ciudad son un pasivo.
Así, a medida que la población mundial continúa mudándose a las ciudades, el crecimiento poblacional irá reduciéndose, y es previsible que llegue un momento futuro en que la población mundial se estabilice.
Conclusión
Las poblaciones humanas que siguen viviendo en extrema miseria en el mundo, principalmente en África, y algunos países asiáticos como Bangladesh y gran parte de la India, sufren de dicha condición, no por sobrepoblación, sino por seguir estancados en sistemas económicos con métodos productivos primitivos. La adopción de un modelo de economía libre, con respeto a la propiedad privada, generaría rendimientos rápidamente crecientes y fenómenos demográficos similares a los experimentados en el mundo desarrollado y en países emergentes como el nuestro. Su miseria, por tanto, se debe a factores que nada tienen que ver con sobrepoblación. En todo caso, la llamada sobrepoblación es consecuencia, y no causa, de su lamentable atraso económico y tecnológico.
Crisis de deuda soberana
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Negocios on septiembre 15, 2011
(Artículo publicado en Revista Agenda, septiembre de 2011)
En julio pasado, nuevamente la Unión Europea (UE) ha tenido que salir al rescate de Grecia, luego que en 2010 tuvieran que crear un fondo para el salvataje financiero de Grecia y otros Estados europeos. Eventualmente, sin embargo, Grecia incurrirá en una suspensión de pagos, pues a estas alturas, es evidente que no puede de modo alguno repagar su deuda. La pregunta es: ¿será el único o sólo el primero de varios en Europa?
Grecia tiene ahora una relación deuda/Producto Interno Bruto (deuda/PIB) de aproximadamente 160%. Dicha ratio se ha disparado y sigue aumentando, por una combinación de dos factores: i) ingresos fiscales drásticamente reducidos, y ii) un acelerado encarecimiento del servicio de su deuda. Al momento que escribo este artículo, a inicios de agosto, la tasa de interés que Grecia tiene que pagar por los bonos con vencimiento a dos años, que tiene que emitir para hacer frente a sus gastos, es de 26% anual. Cuando un Estado tiene que pagar esa tasa de interés para endeudarse a corto plazo, está en graves problemas.
Peligro de contagio
La economía griega constituye apenas aproximadamente el 2.5% del PIB de la UE. Pero un cese de pagos de parte del estado griego tendría consecuencias que reverberarían en todo el sistema financiero europeo (y fuera de Europa). ¿Recuerda la caída de Lehman Brothers? Fue precisamente una quiebra que reverberó en los balances de otros bancos, aseguradoras y entidades financieras, que se multiplicó rápidamente hasta que en cosa de días el mundo estuvo al borde de un colapso financiero de enormes proporciones. Y es tal la razón por la que tanto el Banco Central Europeo (BCE) como la propia Comisión Europea, están buscando a toda costa evitar el colapso de la deuda griega. Los bancos en Europa, particularmente en países como España, Irlanda, Inglaterra, están ya bastante golpeados en sus balances, debido al colapso de las burbujas inmobiliarias y las quiebras dadas en 2008 y 2009.
Grecia no está sola en Europa
Acompañan a Grecia en problemas fiscales por altos déficit, Portugal, Irlanda, Italia y España (los llamados P.I.I.G.S., por sus siglas en inglés). Los casos de España e Italia no son tan graves en números, como los de Grecia, pero los bonos de tales países están conllevando primas importantes en los mercados de deuda, indicio que los inversionistas no descartan un agravamiento de sus situaciones fiscales a corto o mediano plazo.
España e Italia son importantes porque, a diferencia de Grecia, sus economías tienen un peso considerable dentro de la Unión Europea. Demasiados bancos en toda Europa tienen en sus balances, bonos de estos países. Si España o Italia llegasen a incurrir en cese de pago de sus deudas, el efecto dominó sobre los balances de entidades financieras en toda Europa, tendría el potencial de llevar a una crisis financiera de insolvencia, como la provocada por la caída de Lehman Brothers.
Prognosis
Estos altos niveles de endeudamiento son sólo en parte el resultado de las políticas de salvataje financiero con que los gobiernos occidentales reaccionaron ante la crisis financiera de 2008. El problema venía de antes, pues en épocas de auge económico los Estados tienden a inflar su gasto de manera desproporcionada, y cuando llegan las vacas flacas, al Estado le resulta difícil ajustarse el cinturón. Ahora, con las economías estancadas y hasta en contracción en términos reales, la carga de la deuda pública y su servicio se hace más pesada. A medida que aumentan las tasas de interés en el mercado, como lo está experimentando ya Grecia, España e Italia, el costo de dar servicio a la deuda aumenta. Es una bola de nieve que amenaza a muchos países y la economía mundial. Los llamados indignados en Europa, protestan contra los programas de austeridad que, lamentablemente, son necesarios para afrontar este problema. La medicina es amarga, pero si no se toma ahora, será peor después.
El legado de Uribe
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Libertad on julio 15, 2010
Autogolpe en Honduras
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Derecho on julio 06, 2009
- Diario La Prensa, Panamá.
- Libertad Digital, España.
- Agencia Interamericana de Prensa Económica (AIPE)
- Asuntos Capitales, México.
- Diario 2001, Caracas.
- La Prensa, Nicaragua.
- El Diario de Hoy, El Salvador.
Derecho, Legislación y Libertad
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Derecho, Libertad on abril 15, 2009
La seguridad jurídica es fundamental para la actividad empresarial y la prosperidad económica de una nación. El sistema de derecho es por ello importante, pues de dicho sistema dependerá la seguridad jurídica para los ciudadanos. En este artículo argumento que nuestro sistema de derecho no es precisamente el mejor para garantizar dicha seguridad jurídica.
Common Law
El sistema de Common Law o Derecho Común, es el surgido en Inglaterra durante la Edad Media y desarrollado durante siglos mediante la acumulación de decisiones judiciales. Lo esencial en dicho sistema, es la convicción de que los jueces, al emitir sus decisiones, no están creando derecho sino descubriéndolo. El derecho ya existe, y los jueces solamente lo descubren. Pero, ¿cómo es eso de que el derecho ya existe?
Para los europeos medievales, la idea de que el Hombre podía crear el derecho era simplemente absurda. Su convicción era que el derecho no es creación del Hombre, sino de Dios. Es la doctrina del Derecho Natural, y consiste en que el Hombre tiene una naturaleza que es inmutable, y el derecho simplemente es el conjunto de principios y normas jurídicas que son más acordes con la naturaleza humana. El derecho no es la voluntad del gobernante.
En Europa continental usaban el Corpus Iuris Civilis, codificación de derecho jurisprudencial (es decir, los principios jurídicos reconocidos por los jueces en el ejercicio de sus funciones, a lo largo de siglos de actividad judicial) que había ordenado el emperador (bizantino) Justiniano (Siglo VI a.C.). Se mantenía aquí el mismo principio que el Hombre no crea derecho, sólo lo descubre.
Constitucionalismo
Las constituciones originalmente surgieron para limitar el poder del gobernante. La primera constitución de la historia es la Magna Carta que los barones ingleses impusieron a su rey Juan Sin Tierra en el año 1215. Dicho documento plasmó el compromiso del rey de respetar los derechos reconocidos desde tiempos inmemoriales como el habeas corpus, la inviolabilidad del domicilio, y el principio que la monarquía sólo podía establecer nuevos tributos en parlamento con la nobleza. Los barones ingleses exigieron a sus reyes posteriores respetar la Magna Carta.
La libertad de los gobernados sólo está garantizada si el gobernante está limitado en su poder. Si el poder es ilimitado, entonces los gobernados están sometidos al capricho del gobernante y no son libres. Ninguna sociedad prospera así. No es coincidencia que el capitalismo surge y se desarrolla precisamente en Inglaterra, el país que nos dio el constitucionalismo. Tampoco es coincidencia que luego el capitalismo continuó desarrollándose en los Estados Unidos de América, que tomó el relevo y estableció la primera constitución moderna. La Constitución norteamericana de 1787, aún vigente, se concentra en establecer límites al poder. Las constituciones no son para dar poder a los gobernantes, sino para limitárselo y así garantizar los derechos de los ciudadanos.
Tiempos modernos
La Revolución Francesa marca el cambio de pensamiento occidental en cuanto a la limtación del poder. Antes, con las monarquías hereditarias, los gobernados sabían que jamás llegarían al poder, y su interés político era limitar el poder del gobernante. Pero esto cambió con la Revolución Francesa. A la gente se le hizo creer que en democracia, el gobierno representará siempre el interés del pueblo y ya no es necesario limitar su poder. Esta suprema ingenuidad, glorificada por Rousseau y justamente ridiculizada por Nietzsche, llevó a la idea de que las constituciones deben dotar al gobierno de abundantes potestades para llevar la felicidad a la población.
Así pasamos de la doctrina del derecho natural a la doctrina del derecho positivo. El gobierno, supuestamente representando al pueblo, no está limitado y puede legislar lo que sea. Mientras que las viejas monarquías estaban limitadas por el derecho natural, los gobernantes en democracia no están limitados por nada. Y así pasamos de un derecho natural perenne, inmutable y perfectamente predecible precisamente por ello, a un sistema de legislación en que los gobernantes legislan sobre lo que sea en cualquier momento y cambian las reglas del juego a su antojo.
Más legislación, menos seguridad jurídica
Para planificar a largo plazo, las personas y empresas requieren certeza de que las reglas del juego se mantendrán en el tiempo. Cualquier incertidumbre sobre impuestos futuros, normas sobre contratos, y otros aspectos regulados por el derecho, constituye un obstáculo para que las personas se decidan a asumir riesgos empresariales. Como decía Mark Twain, la vida, libertad y propiedad de nadie está segura mientras la legislatura está en sesión.
¿Han muerto las ideologías?
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Libertad on abril 28, 2008
Sr. Chávez, ¿quién es el fascista?
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Libertad on noviembre 19, 2007
- Léalo en La Prensa.
- Léalo en el Instituto Cato.
El espejismo de la Unión Europea
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Libertad on agosto 15, 2007
La idea original de formar una Unión Europea como un vasto mercado integrado, es muy buena. El objetivo era eliminar las barreras al comercio y al libre flujo de capitales y de personas, existentes entre los distintos países de Europa. Esto crearía un mercado común y potenciaría el desarrollo económico de todos los europeos. Pero algo ha ocurrido en el camino, porque la actual Unión Europea pareciera estar construida sobre premisas distintas de aquella originaria, y está tomando un rumbo equivocado.
El llamado “Milagro Europeo” se debió a la atomización política, hoy revertida por la UE.
El primer desvío del objetivo original viene por el interés en crear un megaestado paneuropeo. En lugar de ser un proyecto para eliminar barreras artificiales al libre flujo de mercancías, capitales y personas, se ha convertido en un proyecto político de unificación. Los espectros de Carlomagno, Napoleón y Hitler siguen vivos en el afán de unificar políticamente toda Europa.
Pero la historia europea demuestra que es precisamente la descentralización lo que permite el desarrollo económico. En la Edad Media, Europa estaba compuesta de cientos de pequeños Estados. En ese entonces, la superioridad de las fortificaciones por sobre las técnicas de asedio militar aseguraban la independencia de pequeñas ciudades frente a las ansias de centralización de los reyes. La soberanía del Rey era más simbólica que real, y cada ciudad se organizaba de manera bastante independiente.
Fue precisamente esta soltura lo que permitió un ambiente de enorme libertad, que a su vez dio lugar a tantas innovaciones en materia científica, tecnológica, comercial y jurídica. Pequeñas ciudades-estado en Italia y Holanda, por ejemplo, así como la campiña inglesa, protagonizaron en distintas etapas el origen de aquello que luego fue llamado Capitalismo. Este fenómeno ha sido llamado el “Milagro Europeo.”
La razón es que la descentralización implica que las normas, regulaciones y políticas públicas pueden adaptarse mejor y más rápidamente a las siempre cambiantes necesidades locales de la población. Hoy día, en cambio, los políticos de Europa están enfocando la mayor parte de sus esfuerzos en revivir el proyecto de Constitución europea, con un modelo de centralización, esta vez sin tomarse la molestia de consultar a sus ciudadanos en referendos.
Burocracia y Sobrerregulación
Lo que se está construyendo en Europa es algo muy distinto a un mercado común. Es un régimen donde las regulaciones económicas están cada vez más uniformadas desde Bruselas. Y no sólo uniformadas, sino que van creciendo en número y complejidad. Las regulaciones de la Unión Europea abarcan ya más de 80 mil páginas.
Altos impuestos, subsidios y estatismo económico
“Armonizar” es la palabra favorita de los planificadores de la UE. Traducción: uniformar. Y en materia de impuestos la uniformación viene por la vía de torcer el brazo a los países miembros (y a otros que ni siquiera lo son) a aumentar sus tasas para uniformarlas acercándola al promedio de la UE (altísimo). Incluso se está presionando a Suiza, país que ni siquiera es miembro de la Unión Europea, a subir sus impuestos.
Por otro lado, el sector agropecuario europeo está sumamente protegido por toda una serie de fuertes subsidios y otras medidas anticompetitivas. Ello encarece todo lo que los ciudadanos europeos consumen, y además impide a países del Tercer Mundo exportar a Europa productos alimenticios. Irónicamente, entonces, aunque políticamente los europeos claman el liderazgo de la lucha contra la pobreza mundial, en la práctica son probablemente quienes más contribuyen a que dicha pobreza se perpetúe.
Y por si todo lo anterior fuese poco, muchas empresas e industrias europeas siguen siendo estatales, o reciben importantes subsidios. El caso de Airbus es ilustrativo. Es una empresa en la que varios estados europeos tienen importante participación accionaria. Aparte, se le beneficia con toda una serie de privilegios. Y todo por un afán de no dejar el liderazgo de la industria aeronáutica a la norteamericana Boeing. Es decir, se trata de un enorme gasto de los contribuyentes simplemente para satisfacer el inflado chauvinismo europeo de sus políticos.
Conclusión
Concebido como un proyecto para eliminar barreras artificiales a la división del trabajo internacional entre europeos, la Unión Europea se ha ido desviando gradualmente de dicho objetivo para dedicarse a buscar objetivos de unificación política y de chauvinismo europeo, que nada ayudan al desarrollo económico y el bienestar de sus ciudadanos. El discurso de unificación política, vocalizado principalmente por Francia y Alemania, está más inspirado en recuperar el liderato político mundial que alguna vez tuvo Europa, que en crear un mercado único. Ese eterno sueño europeo de revivir el Imperio Romano puede terminar llevando todo el proyecto de la Unión Europa al mismo destino que el de Roma: una lenta y larga decadencia.
Los temas recurrentes del socialismo populista latinoamericano
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Economía, Libertad, Sociología on marzo 15, 2007
El reciente ascenso al poder por la vía democrática, de gobiernos con discurso y ejecución claramente socialista en América Latina, es motivo de preocupación por el retroceso que implica. El afán generalizado en nuestra región, de intentar revivir muertos ideológicos, es algo que reta de manera extraordinaria mi capacidad de entendimiento. El socialismo, fracasado en todas partes donde ha sido intentado, sigue siendo convocado en sesiones espiritistas en importantes sectores de la población en nuestros países. Venezuela, Bolivia, Argentina y Nicaragua, han votado por el retroceso, y en México estuvieron el año pasado muy cerca de hacer lo mismo. Vivimos en una región en que se idealiza nada más y nada menos que a Fidel Castro, un tirano que tiene a toda la población cubana de rehén en lo que es efectivamente una isla penal.
Dado que el socialismo populista, mezcla de espíritu adolescente con mala política económica, es obviamente un fenómeno crónico y cíclico en América Latina (algo que ha inspirado a los autores Montaner, Mendoza y A. Vargas Llosa a sugerir el nombre de perfecto idiota latinoamericano al fenómeno), es importante analizar cuáles son las ideas recurrentes en la psique latinoamericana que hacen que no aprendamos con los golpes, la lección de que el socialismo no funciona.
El mito del noble salvaje
El mito del noble salvaje, un mito que tiene sus orígenes en Rousseau, es uno recurrente en la cultura política latinoamericana. La idea subyacente es que el estado natural del Hombre es el bienestar material, y que sólo debido a la incidencia de factores externos es que surge la miseria. Es la variante del mito de Edén originario que constituye el punto de partida de la ideología socialista. El socialismo añora esa época mítica en que el Hombre no tenía que trabajar, los frutos caían de los árboles directo a nuestro plato, y seguramente los animales que formaban parte de nuestra dieta se suicidaban, aliñaban y asaban ellos mismos para luego presentarse en bandeja en nuestras mesas.
Pero el mito del noble salvaje es pura insensatez. El estado natural del Hombre no es el bienestar, sino la miseria. La tradición judeocristiana sí ha entendido esto, y lo refleja en el mito de la Creación como un castigo divino (“comerás con el sudor de tu frente”). Como dijo Ortega y Gasset, y muy contrario a la idea del noble salvaje, la selva es primitiva, y todo lo primitivo es selva. No hay nada noble en el salvajismo.
Sobre el mito del noble salvaje también se asienta la idea de que todos nuestros males materiales, en suma nuestra pobreza, se debe a factores exógenos. Ya sabe usted, cuando no es el imperialismo yanqui, es el colonialismo europeo de hace quinientos años. En última instancia, el punto es que nuestra pobreza es resultado de maquinaciones malévolas orquestadas en otras latitudes, pero no tiene nada que ver con nosotros mismos.
Suma cero
Relacionado al mito del noble salvaje está la idea de que la economía es un juego de suma cero, en que la riqueza de unos requiere necesariamente la pobreza de otros. Claro que existen el robo, el fraude y otras formas de expoliación, pero éstas no generan riqueza, sólo la transfieren de unas manos a otras, y de hecho en el camino la destruyen en parte. Pero en las transacciones voluntarias entre personas libres, del cual resulta la división del trabajo, necesariamente se crea riqueza neta y ambas partes salen ganando. Si fuese de otro modo, las dos personas no estarían, voluntariamente, accediendo a la transacción.
Este principio de cooperación es lo que ha permitido la creación continua de riqueza, y su acumulación, durante miles de años. En otras palabras, el Socialismo se equivoca al asumir que la economía es un juego de suma cero.
Egalitarismo o la moral de la envidia
El egalitarismo material, la ideología que clama que todas las personas tienen derecho a disfrutar de la misma cantidad de riqueza, independientemente de esfuerzo, mérito, y hasta suerte, subyace todo discurso de la distribución de la riqueza. Es la idea de que la creación y la distribución de la riqueza son dos cosas realmente distintas, y que es injusto que unos tengan más que otros.
Pero la creación y la distribución de la riqueza de ningún modo son cosas distintas. Son la misma cosa, sencillamente porque la riqueza no se crea en el vacío ni en abstracto. La riqueza la crean personas de carne y hueso, a través de actividades que implican costos y riesgos de toda clase. Esas personas asumen esos costos y riesgos únicamente porque esperan que la operación resulte en mayor riqueza para sí mismos y su familia. Nadie asume riesgos económicos cual autómata sólo para luego, a partir de la nada, pensar qué hacer con ella.
Entonces, la idea de que tener más que otros es necesariamente inmoral, es nefasta para cualquier sociedad, porque invariablemente lleva a querer expropiar a unos que tienen más, para darlo a otros que tienen menos. Y dado que, como ya visto, la creación y la distribución de la riqueza no son actividades separadas, sino que quien crea riqueza lo hace únicamente si espera razonablemente que le va a tocar esa misma riqueza, resulta inevitablemente que cualquier política que tienda a la llamada redistribución de la riqueza creada, lo hace a costa de comprometer la creación futura de riqueza. Las políticas redistributivas promovidas por el socialismo populista son pan para hoy y hambre para mañana. Parafraseando a Ortega y Gasset, el medio que suele emplear el socialismo populista para saciar el hambre de las masas es el de saquear y destruir las panaderías.
¿Funcionará esta vez?
La respuesta es un no categórico. Cuando uno se empeña irracionalmente en luchar contra la realidad, ésta se empeña más aún en hacerlo fracasar. El sistema de propiedad privada y división voluntaria del trabajo, a través del intercambio, entre personas libres, es el único que permite el cálculo económico racional, y el único que estimula a las personas a trabajar y ser cada vez más productivos para sí mismos y su familia.
La repetición de los experimentos de nacionalización de la industria y recursos naturales, proteccionismo mercantilista de la agricultura y la industria, controles de precios y de flujos de capitales, políticas inflacionarias y la expropiación generalizada promovida por los gobiernos sociopopulistas, sólo pueden generar lo que han producido una y otra vez: miseria social, económica y cultural para nuestras sociedades. Porque la naturaleza humana sigue siendo la misma, y las ideas antihumanas continuarán siéndolo sin importar cuántas veces sean llevadas a la práctica. Los esfuerzos por lograr el nuevo hombre soviético sólo han logrado miseria e indignidad humanas.
De modo que cuando vuelva usted a escuchar el estribillo “socialismo o muerte”, tenga claro que se trata de una falsa disyuntiva. En realidad, el socialismo equivale a miseria y muerte.
La inmoralidad del populismo
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Derecho, Economía, Libertad on enero 25, 2004
La ilusión de la soberanía popular
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Libertad on septiembre 01, 2003
(Publicado en el Diario La Prensa, 1 de septiembre de 2003)
La democracia como forma de gobierno ha sido sobreestimada. Y no es que yo sugiera la adopción de otra forma de gobierno, ni mucho menos. Sencillamente, mi proposición es que la creencia en la soberanía de las mayorías como método infalible de lograr el bienestar, ha resultado ser una vana ilusión.
Rousseau nos dijo que un gobierno elegido por la mayoría, necesariamente tenía que ser bueno. Los anglosajones, afortunadamente, no fueron tan ingenuos. Los fundadores de la nación norteamericana (si se puede hablar de tal cosa), entendieron bien los peligros del poder ilimitado del gobierno, inclusive cuando dicho gobierno ha sido elegido democráticamente.
Por tal razón, establecieron un sistema de límites al poder público, los llamados pesos y contrapesos (checks and balances). La constitución norteamericana adoptada en la Convención de Filadelfia de 1787, contiene más que cualquier otra cosa, cláusulas de límites al poder de los gobernantes, y la salvaguarda de los derechos fundamentales del individuo frente al gobierno.
En Latinoamérica, sin embargo, inspirados por la fe de Rousseau en la supuesta sabiduría irrestricta de las mayorías, nuestros fundadores prefirieron dejar a los gobernantes todo el poder, sin limitaciones de tipo alguno. Y los argumentos a favor de tal omisión todavía se escuchan, aún en círculos intelectuales: que el gobernante no debe tener las manos atadas para legislar en beneficio de la sociedad; que demasiadas restricciones al poder hacen ineficiente la gestión pública, y otros similares.
Pero tales argumentos se fundamentan básicamente en dos premisas: primero, que el bienestar de los ciudadanos será mejor mientras más pueda hacer el gobernante; y segundo, que el gobernante, habiendo sido escogido por el pueblo, siempre será un buen gobernante y velará sin excepción por el bien de todos, o al menos de las mayorías.
Pero la primera premisa, que el bienestar de la población es responsabilidad del gobernante, es falsa. Lo sorprendente es que tantos crean aún en la veracidad de dicha asunción, porque son los particulares quienes son responsables por su bienestar individual, y en conjunto, por el bienestar general de la población (que a fin de cuentas está compuesta de individuos.)
No es el Estado el llamado a trabajar ni a crear riqueza por las personas. Son las personas quienes han de procurarse su trabajo y su riqueza. Y todo esto en el marco del respeto al trabajo, la propiedad, y los derechos de las demás personas.
Para ser libres y prósperos debemos comenzar por aceptar la responsabilidad por nuestras decisiones, y abandonar el parasitismo de esperar a que el gobernante nos resuelva nuestros problemas, y nos provea de nuestro alimento. Cuando pedimos que alguien nos mantenga, a la vez estamos renunciando a nuestra libertad e independencia.
La segunda premisa, sin embargo, es la más absurda de las dos. Y la que más claramente ha sido refutada por la experiencia histórica. ¿Cuántos gobernantes sabios recuerda usted, estimado lector? ¿Cuántos gobernantes hemos tenido que no abusaran en algún momento de su poder, en perjuicio de personas y grupos de particulares, a los que supuestamente deben proteger?
Debemos acostumbrarnos al hecho de que los gobernantes son seres humanos. Y como tales, están sujetos a los mismos vicios, tentaciones, y abusos que cualquier otro mortal. No son dioses ni seres guiados por la luz divina, como sus apologistas pretenden hacernos creer.
La creencia en los gobernantes mesiánicos, que supuestamente nos llevarán a la tierra prometida de la riqueza y el desarrollo, nos ha llevado a concederles a nuestros políticos una serie de poderes ilimitados, sin controles y sin barreras, que la experiencia demuestra que nos ha causado más daño que bien.
Y es por esto mismo que, a la vez que tratamos siempre de elegir a los mejores, debemos estar siempre preparados para cuando estemos gobernados por los peores. Nuestras leyes deben siempre establecer límites concretos, específicos y claros al poder del gobernante, para que cuando tengamos uno malo (lo cual ocurre con demasiada frecuencia), al menos no pueda hacer tanto daño a los derechos de los particulares.
Los objetivos para los cuales elegimos gobernantes son muy claros. No hay razón para que les dejemos amplitud discrecional, que les permita aplicar tales discreciones en beneficio de ellos mismos, y en perjuicio de los objetivos para los cuales han sido nombrados.
Debemos exigir a nuestros jueces y magistrados, que apliquen el derecho y entiendan, de una buena vez, que las instituciones de garantía como la acción de amparo, el habeas corpus, y los controles de inconstitucionalidad y de legalidad, están para proteger los derechos de los particulares, y no para legitimar la discrecionalidad del gobernante.
Para prosperar necesitamos menos intervención gubernamental en las vidas y actividades de los particulares. Los problemas no son resueltos por los gobernantes, sino por los particulares en sus relaciones mutuas. La riqueza es creada por los particulares con su trabajo, su esfuerzo. Los gobiernos no crean riqueza, más bien la destruyen. Necesitamos reducir, no aumentar, el poder gubernamental.
Caso Pinochet: Inmunidad de Estado
Posted by Jaime Raúl Molina in Ciencia Política, Derecho on noviembre 14, 1998
Mucho se ha dicho en todo el mundo sobre la situación jurídica de Augusto Pinochet Ugarte frente a los tribunales españoles que reclaman el derecho a juzgarlo por crímenes cometidos contra ciudadanos españoles durante la dictadura chilena que él dirigió. Algunos han dicho que Pinochet está protegido por inmunidad diplomática; otros señalan la incompetencia de los tribunales españoles sobre hechos ocurridos fuera de sus fronteras.
Por otro lado, se ha aducido en favor de las órdenes de arresto emitidas por el juez Baltazar Garzón, que los crímenes de los que se acusa a Pinochet escapan de la protección de la inmunidad; que Pinochet no tiene derecho a inmunidad porque ésta sólo alcanza a los miembros de misiones diplomáticas.
Por ser de excepcional relevancia para el derecho internacional y para la opinión pública, presento a continuación una serie de extractos de lo medular del fallo del Tribunal Colegiado de La Reina (es la mejor traducción que se me ocurre de Queen’s Bench Divisional Court, pues una traducción literal nos daría una expresión carente de sentido), de octubre 28, reseñado por el diario británico The Times y del 3 de noviembre, por el que se anula las dos órdenes provisionales de arresto dictadas contra Augusto Pinochet Ugarte por las autoridades británicas a instancia de las órdenes internacionales de arresto emitidas por el juez español Baltazar Garzón.
El tribunal ha conocido la legalidad de las órdenes provisionales de arresto emitidas por las autoridades británicas, por una acción legal interpuesta a nombre de Augusto Pinochet Ugarte por sus abogados. De allí que la referencia a ‘‘el actor’’ que se hace repetidas veces en la sentencia sea con respecto a Pinochet. Presento, pues, lo relevante de la resolución.
‘‘El actor era presidente de la junta de gobierno de Chile desde septiembre 11, 1973, hasta junio 26, 1974, cuando devino jefe de Estado de la República chilena hasta marzo 11, 1990. Era un nacional chileno y nunca ha sido ciudadano español’’.
‘‘La primera orden provisional de arresto establecía la acusación de que entre septiembre 11, 1973, y diciembre 31, 1983, él había asesinado ciudadanos españoles en Chile, por lo cual se justificaba la competencia judicial española’’.
‘‘La segunda orden provisional de arresto, en respuesta a la segunda orden española internacional de arresto, que se sustentaba en hechos ocurridos entre 1973 y 1979, expedida por el tribunal español, establecía una serie de alegaciones de (i) tortura, (ii) conspiración para cometer tortura, (iii) toma de rehenes, (iv) conspiración para la toma de rehenes y (v) conspiración para cometer asesinato en un país al cual se aplicaba la Convención Europea Sobre Extradición’’.
A continuación, el fallo enuncia los argumentos del actor, de los cuales sólo reproducimos el que influyó en la decisión del Tribunal. Este es que ‘‘la orden es ilegal por cuanto los tribunales del Reino Unido no tienen competencia para ejercer su autoridad sobre el actor como ex soberano extranjero’’.
Luego de revisar éste y los otros argumentos del actor, continúa el fallo: ‘‘Volviendo al tema de la inmunidad soberana..., Su Señoría estableció la premisa fáctica sobre la cual el argumento fue aducido: que desde la más temprana fecha especificada (enero de 1976) en la segunda orden internacional de arresto el actor era jefe de Estado de la República chilena..., y que no había documento alguno ante el tribunal que alegara cargos luego de que él hubo dejado de ser jefe de Estado’’.
‘‘El actor adujo que la conducta a él imputada en la segunda orden internacional de arresto se refería no a su conducta personal o privada, sino a su conducta cuando estaba en ejercicio del poder soberano como jefe de Estado de la República chilena’’.
‘‘Su Señoría, habiendo recapitulado las acusaciones en la segunda orden española internacional de arresto, dijo que el contenido de dicha orden dejaba claro que el actor estaba siendo acusado no de personalmente torturar o asesinar víctimas o causar su desaparición, sino de emplear para dicho propósito el poder del Estado del cual él era jefe’’.
‘‘Es importante enfatizar que, por lo que concierne a este tribunal, éste no expresó opinión sobre la veracidad o falsedad de tales acusaciones y que no tuvo ningún papel en juzgar sobre el fondo de ellas’’. ‘‘El sr. Jones disputó la interpretación del actor sobre los actos legislativos de 1964 y 1978 , en particular, argumentó que la protección reconocida a un soberano extranjero lo cubría sólo en relación al ejercicio de sus funciones como jefe de Estado, y que dichas funciones de ninguna manera podían incluir conductas tales como las imputadas al actor’’.
‘‘Ese es un argumento que tiene cierto apelativo. Pero un ex jefe de Estado tiene claramente derecho a inmunidad en relación a actos criminales cometidos en el ejercicio de funciones públicas. No se puede sostener que cualquier desviación de las buenas prácticas democráticas está fuera del límite de la inmunidad’’. ‘‘¿Si un ex jefe de Estado es inmune sólo con respecto a ciertos delitos, dónde trazamos la línea?’’.
‘‘El sr. Jones ha respondido que ciertos crímenes son tan profundamente repugnantes a cualquier noción de moralidad que se constituyen en crímenes contra la humanidad, tales como el genocidio, la tortura y la toma de rehenes, que no puede haber inmunidad con respecto a ellos y que un ex jefe de Estado puede ser declarado penalmente responsable por tales actos, como cualquier otra persona’’.
‘‘También ha hecho referencia el Tribunal Militar Internacional de Nuremberg de 1945, al Estatuto del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia de 1993 y al Estatuto del Tribunal Internacional para Ruanda de 1994’’.
‘‘Su Señoría dijo que dos puntualizaciones debían ser hechas con respecto a dichos instrumentos:
1. Aquéllos eran tribunales internacionales establecidos por acuerdo internacional. Ellos no violaban, por tanto, el principio de que un Estado soberano no procesará judicialmente a otro en relación a sus actos soberanos, y
2. Evidentemente se tuvo como necesario establecer que no habría objeción al ejercicio de jurisdicción por el tribunal sobre soberanos extranjeros. ‘‘Su Señoría sentenció, entonces, que el actor tiene derecho, como ex jefe de un Estado soberano, a inmunidad de procesos civiles y criminales en los tribunales ingleses. Ambas órdenes provisionales de arresto fueron, en consecuencia, anuladas, pero la segunda se mantiene en efecto en espera de la decisión de la apelación por la Cámara de los Lores’’.
El fundamento de derecho de la decisión, aducido por el tribunal, es la Ley de Inmunidad de Estado de 1978 (ley británica), y la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, de la cual el Reino Unido es signatario. Aquélla establece en el artículo 14, lo siguiente: ‘‘14. (1) Las inmunidades y privilegios conferidos por esta sección de la presente ley se aplican a todo Estado miembro de la Mancomunidad británica o cualquier otro Estado extranjero distinto del Reino Unido; y referencias a Estado incluyen: (a) el soberano u otro jefe de dicho Estado en funciones; (b) el Gobierno de dicho Estado, y (c) cualquier dependencia de dicho Gobierno...’’. Y el artículo 20 de la misma ley prescribe: ‘‘20. (1) Sujeto a las provisiones de esta sección y a cualesquiera modificaciones necesarias, la ley de Privilegios Diplomáticos de 1964 se aplicará a: (a) un soberano o cualquier jefe de Estado...’’.
La citada Ley de Privilegios Diplomáticos de 1964 es la que ratificó e incorporó al derecho nacional británico la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas.
Estas normas citadas de derecho interno del Reino Unido que han fundamentado esta decisión no hacen más que seguir el milenario principio de derecho enunciado como par in parem non habet imperium (entre iguales, ninguno tiene jurisdicción sobre los otros). Según este principio, aplicado al orden internacional, cada Estado reconoce y respeta la soberanía de los otros Estados en la comunidad internacional, y no puede pretender tener jurisdicción sobre los actos que, en el ejercicio de su soberanía, realicen tales Estados. Y una de las manifestaciones más importantes de este principio es la consistente en que los jefes de Estado y, en general, los Gobiernos, en el ejercicio de su calidad de tales, escapan a la jurisdicción de cualquier Estado extranjero. Unicamente cada Estado tiene jurisdicción con respecto a sus propios actos soberanos y sobre sus jefes de Estado y miembros de gobierno.
Los hechos imputados a Pinochet por el juez español Baltazar Garzón habrían tenido ocurrencia durante y como consecuencia del ejercicio del poder que como jefe de Estado tenía Pinochet. Téngase en cuenta que para determinar quién es jefe de Estado no se toma en consideración si la persona ocupa dicha posición por una situación de iure o de facto, pues, de nuevo, esas son consideraciones que sólo atañen y son determinadas por el derecho interno de cada Estado.
Otra puntualización que debe hacerse es que la inmunidad de Estado beneficia a la persona que ocupa alguna de las posiciones contempladas, en este caso la de jefe de Estado, durante el tiempo en que ocupe dicha posición. Una vez que ha cesado en dicha posición, deja de tener inmunidad. Sin embargo, con respecto a hechos ocurridos durante el tiempo en que dicha persona estuvo en ejercicio del poder, continúa siendo inmune aún después de abandonar la posición de jefe de Estado. Este es el caso de Pinochet, pues los cargos de que lo acusa el juez Garzón son sobre hechos ocurridos durante el tiempo en que Pinochet era jefe de Estado de Chile.
Se ha dicho, y en efecto ha sido uno de los argumentos del juez Garzón, que la inmunidad de Estado no se aplica cuando se trata de ciertos crímenes demasiado graves, y en apoyo de esta tesis recuerdan el caso de los juicios de Nuremberg contra criminales de guerra de la Segunda Guerra Mundial. Sin embargo, tal como lo señala la resolución del tribunal británico, tanto el ‘‘Acuerdo de Londres de 1945 para el enjuiciamiento de criminales de Guerra’’, como el ‘‘Estatuto del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia de 1993’’ y el ‘‘Estatuto del Tribunal Internacional para Ruanda de 1994’’ fueron acuerdos internacionales para establecer tribunales internacionales. En ningún caso se ha aceptado la jurisdicción de un Estado sobre otro.
El artículo 1 del mencionado ‘‘Acuerdo de Londres’’ (suscrito originalmente por las potencias victoriosas de la Segunda Guerra Mundial, en particular el Reino Unido, Estados Unidos, el Gobierno provisional de la República de Francia, y la Unión Soviética), instituyó ‘‘un Tribunal Militar Internacional para el enjuiciamiento de criminales de guerra cuyos delitos no tienen una ubicación geográfica en particular, sean ellos acusados individualmente o en su capacidad de miembros de organizaciones o grupos o en ambas capacidades’’. Y el artículo 7 prescribía: ‘‘la posición de los acusados, ya sea como jefes de Estado o como funcionarios en dependencias gubernamentales, no será considerada para ellos como excluyente de responsabilidad o como atenuante para efectos de castigo’’.
El único modo de enjuiciar a Pinochet por actos cometidos durante el ejercicio del poder como jefe de Estado de Chile durante los años de su dictadura, de acuerdo con el derecho y la práctica internacional, sería por medio del establecimiento de un tribunal similar al instituido por el Acuerdo de Londres, es decir, un tribunal internacional. La otra opción es, por supuesto, que los tribunales chilenos decidan enjuiciarlo, pero esto parece estar excluido.
Pero desde toda perspectiva jurídica, resulta inaceptable, y sería establecer un peligroso precedente internacional, declarar que un Estado tiene derecho a juzgar los actos soberanos de otro Estado. Sería lo mismo, proporciones guardadas, que aceptar que cualquier individuo tiene jurisdicción sobre su vecino u otras personas. Deseo aclarar, sin embargo, que de ninguna manera justifico las sangrientas acciones represivas tomadas por la dictadura de Pinochet contra miles de personas tanto chilenas como de otras nacionalidades.
No obstante, precisamente por mi apego al derecho, manifiesto mi preocupación por que se respete el orden internacional. La única defensa que tenemos los países pequeños y débiles como el nuestro ante los intereses de las potencias extranjeras es nuestra suscripción al derecho internacional y la exigencia del respeto a nuestra soberanía, posición que resulta absolutamente incompatible con la de avalar que un Estado se autoadjudique la potestad de tener jurisdicción sobre cualquier otro Estado. Esto último no es otra cosa que la legitimación del imperialismo.