La sociedad anónima


(Artículo publicado en Revista Agenda, diciembre de 2011)

La sociedad anónima, cuya esencia es la responsabilidad limitada del accionista, es uno de los inventos jurídicos más transcendentales de nuestra civilización occidental.  Sin la sociedad anónima, olvídese de la Revolución Industrial tal como se desarrolló, y olvídese también del enorme y sin precedentes crecimiento económico del Siglo XX y posterior.

Limitación de responsabilidad

Antes de la (británica) Ley de Compañías de 1844 (The Companies Act 1844), cuando dos o más personas se asociaban y aportaban industria y/o capital para desarrollar una empresa, formaban una sociedad mercantil en la que todos los socios eran solidariamente responsables, hasta la totalidad de sus respectivos patrimonios, por las deudas de la sociedad.  Muchas empresas se desarrollaron así de manera exitosa.

Pero con la Revolución Industrial llegó la época de los megaproyectos de inversión a largo plazo.  Obras de infraestructura como construcción de canales (incluídas la Compañía Universal del Canal Marítimo de Suez, y la Compañía Universal del Canal Interoceánico de Panamá), ferrocarriles, las compañías de telégrafos y luego de telefonía, así como las compañías eléctricas, desde mediados del Siglo XIX en adelante, requerían enormes sumas de dinero que requería de muchos inversionistas.

La razón es doble.  Por un lado, como se trataba de obras muy intensivas en capital que, además, eran a muy largo plazo (la construcción del Canal de Suez, por ejemplo, tomó más de diez años desde que se inició la planificación hasta que pudo navegar el primer buque).  El largo plazo hace que un préstamo sea inapropiado, pues el tener que pagar intereses durante tanto tiempo, sin generar ingresos con que pagarlos, encarecería demasiado la obra, en muchos casos haciéndola económicamente inviable.  Así las cosas, se requería inversionistas que estuviesen dispuestos a arriesgar capital a cambio de participación en las eventuales ganancias.

El problema es que, como dentro del marco de la sociedad colectiva tradicional, todo inversionista se hacía solidariamente responsable de las deudas de la sociedad, muy poca gente (en realidad, casi nadie) estaría dispuesta a invertir capital en una empresa en la que hay literalmente miles de socios, y sobre la que no tiene ningún tipo de control.  Ello equivaldría a girar un cheque en blanco a la orden de los directores de la sociedad, y no conozco mucha gente que guste andar girando cheques en blanco.

En esto radica la ventaja de la sociedad por acciones, que limita la responsabilidad de cada accionista al monto de dinero que se haya comprometido a aportar al suscribir las acciones (de hecho, al menos en el caso de las acciones al portador, el capital es dado por el accionista de manera íntegra, al momento de suscribir sus acciones).  Sólo así la gente está dispuesta a invertir en una empresa sobre la que no tiene control.  Su activo no es el activo de la empresa, sino las acciones, representadas en certificados fácilmente negociables.

Diversificación de riesgos

La limitación de la responsabilidad del accionista resultó también en que, precisamente porque ahora el riesgo del inversionista estaba limitado a una suma de dinero determinada, éste podía entonces invertir en empresas en que no tenía ninguna vinculación personal, más allá de su estrictamente económico aporte de capital.  Un abogado que nada sabe de líneas ferroviarias ni de su administración, ahora podía invertir parte de sus ahorros en una compañía de ferrocarriles.  El abogado logra entonces una diversificación de sus inversiones y, por tanto, de sus riesgos empresariales.
Exponencial aumento del capital

El abogado del ejemplo anterior, y también el maestro de escuela, y el médico, y el arquitecto, etc., invertirán ahora sus ahorros, en vez de guardarlos bajo el colchón.  Aquí es donde se desarrolla el enorme potencial del capitalismo.  Porque capital no es lo mismo que ahorro.  El dinero ahorrado bajo el colchón, o enterrado en el patio como se hacía antes, no es capital.  El ahorro se convierte en capital sólo cuando es invertido con el objetivo de generar ganancias.  Y la sociedad por acciones, con su limitación de la responsabilidad del accionista, es uno de las innovaciones fundamentales que permitieron el desarrollo del capitalismo.

Lo que, a su vez, permitió el sin precedentes mejoramiento de la calidad de vida en Occidente (y luego al resto del mundo que adoptó las innovaciones jurídicas y el sistema de mercado de Occidente).

El problema de las externalidades

Pero no existe nada en el mundo que sea perfecto.  La sociedad por acciones y su responsabilidad limitada, pueden generar algunos incentivos perversos en algunos casos.  Un ejemplo clásico sería tener una empresa de transportes, que tenga cada uno de sus vehículos bajo sociedades anónimas diferentes y separadas, de tal manera que si el vehículo colisiona y genera daños sustanciales a la propiedad ajena, el resto de la flota no se ve comprometida y estos empresarios podrían entonces burlar así su responsabilidad civil frente a los terceros a quienes han causado daños.  Este peligro no es mera teoría.

Se genera así una externalidad negativa, que es el nombre que los economistas dan al fenómeno en que una persona (o varias) pueden transferir los costos de sus actividades a terceros, mientras que mantienen los beneficios para ellos.  Las externalidades negativas son un problema porque, dado que quien incurre en la actividad socialmente destructiva no percibe los costos, pero sí los beneficios, dicha persona tiene un incentivo económico a incurrir en tales actividades socialmente destructivas.  La contaminación y destrucción ambiental es un ejemplo de actividad con externalidad negativa, como lo es la delincuencia.

Una forma de contrarrestar el peligro de las externalidades negativas, en el contexto de la sociedad anónima, es mediante la exigencias especiales en ciertas actividades particularmente propensas a las externalidades negativas.  Ejemplo, como ya se ha hecho en nuestro país, hacer obligatorio que todo vehículo automotor esté cubierto mediante una póliza de seguro de daños a terceros.  O en el caso de actividades comerciales con alto riesgo ambiental, la exigencia de fianzas, o de pólizas de seguro contra los riesgos ambientales en cuestión.

Conclusión

Como dije antes, la sociedad anónima o sociedad por acciones es una de las innovaciones jurídicas más grandes e importantes de Occidente.  Por las razones arriba desarrolladas, la sociedad anónima ha permitido, en conjunto con otros factores, el extraordinario mejoramiento en la calidad de vida que la Humanidad ha experimentado desde la Revolución Industrial.  Muchas veces olvidamos, o más bien damos por sentado, aquellas cosas que nos permiten la extraordinaria riqueza que disfrutamos hoy, y que la Reina Victoria de Inglaterra ni siquiera pudo imaginar (la Reina Victoria jamás en su vida imaginó la Internet, la televisión ni la cirugía laparoscópica).  Es importante conocer que algunos de los más importantes y trascendentales inventos de la Humanidad, han sido innovaciones jurídicas.  La sociedad anónima y la responsabilidad limitada por acciones, es una.